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Legislación › Ley 2/2023, de 30 de marzo, de la actividad física y del deporte del País Vasco.

Artículo 161. Promoción del arbitraje.

Artículo 161. Promoción del arbitraje.

Los poderes públicos del País Vasco deberán promover la creación de entidades con funciones arbitrales y divulgar entre las personas que forman el movimiento deportivo la cultura del arbitraje como fórmula adecuada para la resolución de los conflictos que se manifiesten en el seno del deporte.

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