LexTotal

Legislación › Ley 2/2023, de 30 de marzo, de la actividad física y del deporte del País Vasco.

Disposición adicional cuarta. Escuela Vasca de la Actividad Física y del Deporte.

Disposición adicional cuarta. Escuela Vasca de la Actividad Física y del Deporte.

A partir de la entrada en vigor de la presente ley todas las referencias que realiza la normativa vigente a la Escuela Vasca del Deporte se entenderán realizadas a la Escuela Vasca de la Actividad Física y del Deporte.

← Disposición adicional tercera Índice Disposición adicional quinta →