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Legislación › Decreto-ley 1/2023, de 20 de marzo, de medidas urgentes para el impulso de la transición energética y el consumo de cercanía en Aragón.

Artículo 41. Proyectos o inversiones con generación renovable asociada.

Artículo 41. Proyectos o inversiones con generación renovable asociada.

1. Son proyectos o inversiones con generación renovable asociada aquellos que incorporen, como uno de sus elementos o de la planificación territorial o urbanística, plantas de generación asociadas concebidas para suministrarles energía a través de cualquiera de los procedimientos admisibles conforme a la normativa básica estatal.

2. Sólo podrán tramitarse mediante plan o proyecto de interés general de Aragón actividades o instalaciones energéticas asociadas a proyectos o inversiones que sean declarados prioritarios conforme a lo establecido en este Decreto-ley.

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