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Real Decreto 342/2023, de 9 de mayo, por el que se aprueban las normas de organización y funcionamiento de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación.

En vigor Ministerio de Hacienda y Función Pública · Publicada el 10 de mayo de 2023 · Último cambio el 10 de mayo de 2023 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto, naturaleza y régimen jurídico.
  4. Artículo 2. Objetivos.
  5. Artículo 3. Funciones y facultades de la Oficina.
  6. Artículo 4. Ámbito de actuación.
  7. Artículo 5. Planificación y programación.
  8. Artículo 6. Informe anual de actuaciones.
  9. Artículo 7. Transparencia.
  10. Artículo 8. Deber de colaboración en la remisión de información.
  11. Artículo 9. Colaboración institucional.
  12. CAPÍTULO II
  13. Sección 1
  14. Artículo 10. Composición.
  15. Artículo 11. Estructura orgánica.
  16. Sección 2
  17. Artículo 12. Incompatibilidades.
  18. Artículo 13. Deber de confidencialidad.
  19. Sección 3
  20. Artículo 14. Nombramiento y cese.
  21. Artículo 15. La Presidencia.
  22. Artículo 16. Régimen de suplencia.
  23. Artículo 17. Las vocalías.
  24. Sección 4
  25. Artículo 18. Competencias de la División de Regulación de la Contratación Pública.
  26. Artículo 19. Instrucciones.
  27. Artículo 20. Recomendaciones.
  28. Artículo 21. Estudios y guías.
  29. Sección 5
  30. Artículo 22. Competencias de la División de Supervisión de la Contratación Pública.
  31. Artículo 23. Informe trienal de supervisión de la contratación pública.
  32. Artículo 24. Informe anual de supervisión de la contratación pública.
  33. Artículo 25. Informes especiales de supervisión.
  34. Sección 6
  35. Artículo 26. Competencias de la División de Análisis Económico y Evaluación de los Contratos de Concesión.
  36. Artículo 27. Competencias en el ámbito de la Oficina Nacional de Evaluación.
  37. Sección 7
  38. Artículo 28. Competencias de la División de Promoción de la Integridad en la Contratación Pública y Coordinación Institucional.
  39. Artículo 29. Ejercicio de competencias.
  40. Sección 8
  41. Artículo 30. Composición y funcionamiento.
  42. CAPÍTULO III
  43. Artículo 31. La Estrategia Nacional de Contratación Pública.
  44. Disposición adicional única. Supresión de órganos.
  45. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  46. Disposición final única. Entrada en vigor.
  47. [firma]