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Legislación › Ley 7/2023, de 20 de abril, de igualdad efectiva de mujeres y hombres de La Rioja.

Artículo 53. Conciliación en las empresas.

Artículo 53. Conciliación en las empresas.

1. La Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el ámbito de sus competencias, y con pleno respeto al principio constitucional de la autonomía de la negociación colectiva, impulsará medidas que favorezcan la conciliación de la vida laboral, familiar y personal en la empresa.

2. Asimismo, se incentivará a las empresas para que proporcionen medidas y servicios destinados a facilitar la corresponsabilidad en la vida laboral, familiar y personal, mediante la creación de infraestructuras y servicios adecuados.

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