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Ley 7/2023, de 20 de abril, de igualdad efectiva de mujeres y hombres de La Rioja.
En vigor Comunidad Autónoma de La Rioja · Publicada el 13 de mayo de 2023 · Último cambio el 30 de diciembre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Principios generales.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 5. Disposiciones generales.
- Artículo 6. De la Administración de la Comunidad Autónoma.
- Artículo 7. De las entidades locales.
- CAPÍTULO II
- Artículo 8. Competencia en materia de igualdad de género.
- Artículo 9. El Instituto para la Igualdad. 2 redacciones · cambió el 02/07/2024
- Artículo 10. Unidades para la igualdad de mujeres y hombres.
- Artículo 11. Comisión Interdepartamental para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Artículo 12. El Consejo de Participación para la Igualdad. 3 redacciones · cambió el 30/12/2025
- CAPÍTULO III
- Artículo 13. Financiación. 2 redacciones · cambió el 02/07/2024
- Artículo 14. Financiación a los municipios y a los agentes económicos y sociales. 2 redacciones · cambió el 02/07/2024
- Artículo 15. Fondo de Igualdad. 2 redacciones · cambió el 02/07/2024
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 16. La transversalidad de género.
- Artículo 17. Integración del enfoque de interseccionalidad.
- Artículo 18. Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres. 3 redacciones · cambió el 30/12/2025
- Artículo 19. Estadísticas y estudios.
- Artículo 20. Lenguaje, comunicación e imagen no sexistas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 21. Representación equilibrada de mujeres y hombres.
- Artículo 22. Informe de impacto de género. 2 redacciones · cambió el 02/07/2024
- Artículo 23. Enfoque de género en el presupuesto.
- Artículo 24. Contratación pública.
- Artículo 25. Ayudas públicas.
- Artículo 26. Capacitación del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 27. Disposiciones generales.
- Artículo 28. Currículos.
- Artículo 29. Representación equilibrada de mujeres y hombres en el sistema educativo.
- Artículo 30. Materiales curriculares y libros de texto.
- Artículo 31. Consejos escolares.
- Artículo 32. Formación del personal docente.
- Artículo 33. Inspección educativa.
- Artículo 34. Educación superior e investigación.
- Artículo 35. Educación no reglada.
- CAPÍTULO II
- Artículo 36. Igualdad en la cultura.
- Artículo 37. Igualdad en el deporte.
- CAPÍTULO III
- Artículo 38. Igualdad en el empleo.
- Sección 1
- Artículo 39. Políticas de empleo.
- Artículo 40. Incentivos a la contratación de mujeres.
- Artículo 41. Promoción empresarial.
- Artículo 42. Calidad en el empleo.
- Artículo 43. Planes de igualdad y presencia equilibrada en el sector empresarial.
- Artículo 44. Negociación colectiva.
- Artículo 45. Contribución de las empresas a la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible.
- Artículo 46. Marca de Excelencia en Igualdad. 2 redacciones · cambió el 02/07/2024
- Artículo 47. Seguridad y salud laboral.
- Sección 2
- Artículo 48. Empleo en el sector público riojano.
- Artículo 49. Planes de igualdad en la Administración pública. 2 redacciones · cambió el 02/07/2024
- Artículo 50. Protección frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 51. Derecho y deber de la corresponsabilidad de hombres y mujeres en el ámbito público y privado.
- Artículo 52. Organización de espacios, horarios y creación de servicios.
- Artículo 53. Conciliación en las empresas.
- Artículo 54. Conciliación para las trabajadoras por cuenta propia.
- Artículo 55. Conciliación en el empleo público.
- CAPÍTULO V
- Artículo 56. Integración de la perspectiva de género en las políticas de salud.
- Artículo 57. Actuaciones en el ámbito de la salud.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 58. Igualdad en las políticas de inclusión social.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 59. Cooperación al desarrollo y proyectos de acción humanitaria.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 60. Políticas urbanas, de ordenación territorial, de vivienda y de medioambiente.
- Artículo 61. Desarrollo rural.
- CAPÍTULO IX
- Artículo 62. Participación política de las mujeres.
- Artículo 63. Participación social de las mujeres.
- CAPÍTULO X
- Artículo 64. Mujer joven.
- CAPÍTULO XI
- Artículo 65. Transporte.
- CAPÍTULO XII
- Artículo 66. Medios de comunicación social.
- Artículo 67. Nuevas tecnologías.
- Artículo 68. Publicidad ilícita.
- TÍTULO IV
- Artículo 69. Infracciones.
- Artículo 70. Responsabilidad.
- Artículo 71. Clasificación de las Infracciones.
- Artículo 72. Reincidencia.
- Artículo 73. Sanciones.
- Artículo 74. Graduación de las sanciones.
- Artículo 75. Régimen de prescripciones.
- Artículo 76. Competencia.
- Artículo 77. Procedimiento sancionador.
- Disposición adicional primera. Unidades para la igualdad.
- Disposición adicional segunda. Informes de impacto de género.
- Disposición adicional tercera. Instituto para la Igualdad.
- Disposición adicional cuarta. Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
- Disposición adicional quinta. Fondo de Igualdad de La Rioja.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de nombramientos.
- Disposición transitoria segunda. Consejo de Participación para la Igualdad.
- Disposición derogatoria única. Cláusula general.
- Disposición final primera. Habilitación normativa.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]


