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Legislación › Ley 8/2023, de 20 de abril, de la ciencia, la tecnología y la innovación de La Rioja.

Artículo 23. Captación, retorno y retención del talento del personal de la investigación.

Artículo 23. Captación, retorno y retención del talento del personal de la investigación.

1. El Gobierno de La Rioja, la Universidad de La Rioja y otras instituciones académicas y de investigación desarrollarán políticas y programas estratégicos que tengan por objetivo la atracción, retención, retorno y estabilización del talento del personal de la investigación del sector público.

2. El impulso de políticas y programas propios de investigación, desarrollo e innovación con los objetivos de la atracción, retención, retorno y estabilización de talento del personal de la investigación puede hacerse extensivo a otros agentes del Sistema Riojano de Ciencia, Tecnología e Innovación.

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