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Legislación › Ley 8/2023, de 20 de abril, de la ciencia, la tecnología y la innovación de La Rioja.

Disposición adicional única. Fundaciones e instituciones públicas con competencias en materia de investigación.

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Disposición adicional única. Fundaciones e instituciones públicas con competencias en materia de investigación.
Las fundaciones e instituciones públicas con competencias en materia de investigación se adscribirán a la consejería con competencias en materia de investigación. Dichos organismos deben adaptar sus leyes de creación o estatutos a lo establecido en esta ley en el plazo de un año desde su entrada en vigor. (Suprimida)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
2 de julio de 2024 En vigor BOE-A-2024-14006 Leer Qué cambió
26 de abril de 2023 Texto original Leer

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