Legislación › Ley 8/2023, de 20 de abril, de la ciencia, la tecnología y la innovación de La Rioja.
Disposición adicional única. Fundaciones e instituciones públicas con competencias en materia de investigación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de abril de 2023 y la del 2 de julio de 2024.
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Disposición adicional única. Fundaciones e instituciones públicas con competencias en materia de investigación.
Las fundaciones e instituciones públicas con competencias en materia de investigación se adscribirán a la consejería con competencias en materia de investigación. Dichos organismos deben adaptar sus leyes de creación o estatutos a lo establecido en esta ley en el plazo de un año desde su entrada en vigor. (Suprimida)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de julio de 2024 En vigor | BOE-A-2024-14006 | Leer | Qué cambió |
| 26 de abril de 2023 | Texto original | Leer |


