Legislación › Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
Disposición adicional tercera. Revisión de los criterios para la identificación de zonas de mercado residencial tensionado.
Disposición adicional tercera. Revisión de los criterios para la identificación de zonas de mercado residencial tensionado.
Las circunstancias establecidas en el artículo 18.3 para la identificación de zonas de mercado residencial tensionado serán objeto de revisión a los tres años desde la entrada en vigor de la ley, para adecuarlos a la realidad y evolución del mercado residencial, sobre la base de la cooperación con las Administraciones competentes en materia de vivienda.
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