Legislación › Ley 4/2023, de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias.
Artículo 4. Elección.
Artículo 4. Elección.
La elección del presidente o presidenta se realizará por el Parlamento de Canarias según el procedimiento previsto en el Estatuto de Autonomía de Canarias y en el Reglamento del Parlamento de Canarias.


