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Ley 4/2023, de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias.
En vigor Comunidad Autónoma de Canarias · Publicada el 30 de mayo de 2023 · Último cambio el 30 de diciembre de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 2. El presidente o presidenta de Canarias.
- Artículo 3. Requisitos de acceso al cargo.
- Artículo 4. Elección.
- Artículo 5. Nombramiento y toma de posesión.
- CAPÍTULO II
- Artículo 6. Deberes.
- Artículo 7. Derechos.
- Artículo 8. Incompatibilidades.
- Artículo 9. Responsabilidad política.
- Artículo 10. Sede de la Presidencia.
- CAPÍTULO III
- Artículo 11. Atribuciones como alta representación de la comunidad autónoma.
- Artículo 12. Atribuciones como representante ordinario del Estado.
- Artículo 13. Atribuciones como titular de la jefatura del Gobierno de Canarias.
- Artículo 14. Delegación de funciones.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 15. Cese del presidente o presidenta.
- Artículo 16. Sustitución del presidente o presidenta.
- Artículo 17. Presidente o presidenta en funciones.
- Artículo 18. Suplencia del presidente o presidenta.
- CAPÍTULO V
- Artículo 19. Estatuto de los expresidentes o expresidentas.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 20. El Gobierno.
- Artículo 21. Régimen jurídico.
- Artículo 22. Sede del Gobierno.
- Artículo 23. Funcionamiento.
- CAPÍTULO II
- Artículo 24. Composición del Gobierno.
- Artículo 25. Secretaría del Gobierno.
- CAPÍTULO III
- Artículo 26. Atribuciones del Gobierno en materia de dirección política.
- Artículo 27. Atribuciones del Gobierno en relación con el Parlamento.
- Artículo 28. Atribuciones del Gobierno relativas a la potestad normativa.
- Artículo 29. Atribuciones del Gobierno en relación con el Tribunal Constitucional.
- Artículo 30. Atribuciones del Gobierno en materia presupuestaria.
- Artículo 31. Atribuciones del Gobierno en materia ejecutiva y administrativa.
- Artículo 32. Delegación en miembros del Gobierno.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 33. Reuniones del Consejo de Gobierno.
- Artículo 34. «Quorum».
- Artículo 35. Asistencia a las reuniones.
- Artículo 36. Carácter de las deliberaciones y documentación.
- Artículo 37. Decisiones del Consejo de Gobierno.
- Artículo 38. Actas.
- Artículo 39. Abstención y recusación.
- CAPÍTULO V
- Artículo 40. Comisiones delegadas del Gobierno.
- Artículo 41. Creación, modificación y supresión.
- Artículo 42. Funciones.
- Artículo 43. Funcionamiento.
- Artículo 44. Decisiones de las comisiones delegadas.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 45. Comisión Preparatoria de Asuntos del Gobierno.
- Artículo 46. Portavocía del Gobierno.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 47. Cese del Gobierno.
- Artículo 48. Gobierno en funciones.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 49. Caracterización y requisitos de acceso al cargo.
- Artículo 50. Nombramiento y cese del vicepresidente o vicepresidenta.
- Artículo 51. Sede de la Vicepresidencia.
- Artículo 52. Derechos y deberes.
- Artículo 53. Atribuciones del vicepresidente o vicepresidenta.
- Artículo 54. Suplencia.
- CAPÍTULO II
- Artículo 55. Caracterización y requisitos de acceso al cargo.
- Artículo 56. Nombramiento y cese.
- Artículo 57. Derechos y deberes.
- Artículo 58. Atribuciones de los consejeros o consejeras.
- Artículo 59. Suplencia.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 60. Impulso y control de la acción política.
- Artículo 61. Comparecencia e información.
- Artículo 62. Relación ordinaria del Gobierno con el Parlamento.
- CAPÍTULO II
- Artículo 63. Exigencia de responsabilidad política.
- CAPÍTULO III
- Artículo 64. Disolución del Parlamento de Canarias.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 65. Ejercicio de la iniciativa legislativa y potestades normativas del Gobierno.
- Artículo 66. Principios de buena regulación.
- Artículo 67. Programa legislativo y reglamentario.
- Artículo 68. Procedimiento de elaboración y aprobación.
- Artículo 69. Transparencia y participación ciudadana en el procedimiento de elaboración.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 70. Iniciativa legislativa.
- Artículo 71. Procedimiento de elaboración de los proyectos de ley.
- Artículo 72. Tramitación urgente de iniciativas legislativas.
- Artículo 73. Nueva aprobación de determinados proyectos de ley.
- Sección 2
- Artículo 74. Decretos leyes.
- Sección 3
- Artículo 75. Decretos legislativos.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 76. Órganos competentes.
- Artículo 77. Forma de las disposiciones reglamentarias.
- Artículo 78. Jerarquía y competencia.
- Artículo 79. Publicación.
- Sección 2
- Artículo 80. Procedimiento de elaboración y aprobación.
- Artículo 81. Tramitación urgente de iniciativas reglamentarias.
- Artículo 82. Especialidades de la elaboración de normas de organización.
- Artículo 83. Iniciativas reglamentarias en caso de cese del Gobierno.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 84. Evaluación normativa.
- Artículo 85. Medidas de transparencia y simplificación del ordenamiento autonómico.
- TÍTULO VI
- Artículo 86. Control de la actuación del Gobierno.
- Disposición adicional primera. Uso de nuevas tecnologías
- Disposición adicional segunda. Delegaciones del Gobierno de Canarias en el exterior.
- Disposición adicional tercera. Desconcentración y delegación de funciones y competencias.
- Disposición adicional cuarta. Derechos de las empleadas y empleados públicos que desempeñen determinados puestos o asuman determinadas funciones.
- Disposición derogatoria única. Disposiciones que se derogan.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.
- Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]


