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Legislación › Ley 4/2023, de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias.

Artículo 47. Cese del Gobierno.

Artículo 47. Cese del Gobierno.

El Gobierno de Canarias cesa tras la celebración de elecciones al Parlamento de Canarias, por pérdida de la confianza parlamentaria y en los demás supuestos de cese del presidente o presidenta, continuando en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno, que tendrá lugar en el plazo máximo de quince días, a contar desde la fecha de nombramiento de la persona titular de la Presidencia.

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