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Legislación › Ley 4/2023, de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias.

Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.

Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.

Se faculta al Gobierno y al presidente o presidenta, en los términos establecidos en el articulado, para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente ley.

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