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Legislación › Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.

Artículo 13. Organización funcional del Sistema Público de Servicios Sociales.

Artículo 13. Organización funcional del Sistema Público de Servicios Sociales.

1. El Sistema Público de Servicios Sociales se organizará en dos niveles de atención: Atención Social Primaria y Atención Social Especializada.

2. La relación entre los niveles de atención responderá a criterios de complementariedad y acción coordinada para el logro de los objetivos y para asegurar la continuidad de la intervención a través de itinerarios específicos para cada persona, familia, grupo y comunidad.

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