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Legislación › Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Illes Balears.

Artículo 15. Técnicas de colaboración, cooperación y coordinación.

Artículo 15. Técnicas de colaboración, cooperación y coordinación.

En aplicación de los principios generales referidos, se utilizarán las técnicas que establece la legislación vigente, especialmente la simplicidad, la claridad y la proximidad a los ciudadanos, establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; y la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares; y dentro de lo que determina esta ley, procurando la colaboración, la cooperación y la coordinación entre las administraciones.

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