Legislación › Ley 1/2023, de 15 de febrero, de creación de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad.
Artículo 31. Acreditación de los empleados públicos de la Agencia.
Artículo 31. Acreditación de los empleados públicos de la Agencia.
Se dotará al personal de la Agencia de una acreditación de su condición de empleado público de la misma. Esta acreditación será válida ante cualquier entidad pública o privada para el ejercicio de su competencia profesional.


