Legislación › Orden HFP/587/2023, de 9 de junio, por la que se aprueba el modelo 718 «Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas», se determina el lugar, forma y plazos de su presentación, las condiciones y el procedimiento para su presentación.
ANEXO
ANEXO
Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas
Declaración
Documento de ingreso
Se sustituye por el anexo de la Orden HAC/652/2026, de 26 de junio, según establece su art. único. BOE-A-2026-14011
Esta modificación será aplicable por primera vez para la presentación del modelo 718 correspondiente al ejercicio 2025, cuyo plazo de presentación se inicie a partir del 1 de julio de 2026, según establece la disposición final única de la citada Orden.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de junio de 2026 En vigor | BOE-A-2026-14011 | Leer | Qué cambió |
| 13 de junio de 2023 | Texto original | Leer |


