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Legislación › Orden HFP/587/2023, de 9 de junio, por la que se aprueba el modelo 718 «Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas», se determina el lugar, forma y plazos de su presentación, las condiciones y el procedimiento para su presentación.

ANEXO

Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de junio de 2023 y la del 30 de junio de 2026. Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO
Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. Fortunas
Declaración
Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. Documento de ingreso

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de junio de 2026 En vigor BOE-A-2026-14011 Leer Qué cambió
13 de junio de 2023 Texto original Leer

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