Legislación › Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión.
Artículo 109. Profesional de referencia.
Artículo 109. Profesional de referencia.
1. Lanbide-Servicio Vasco de Empleo asignará un profesional o una profesional de referencia a las personas destinatarias de los servicios de inserción laboral.
2. Para las personas destinatarias de los servicios de inserción social, se estará a lo que disponga la legislación de servicios sociales.


