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Legislación › Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión.

Artículo 109. Profesional de referencia.

Artículo 109. Profesional de referencia.

1. Lanbide-Servicio Vasco de Empleo asignará un profesional o una profesional de referencia a las personas destinatarias de los servicios de inserción laboral.

2. Para las personas destinatarias de los servicios de inserción social, se estará a lo que disponga la legislación de servicios sociales.

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