Legislación › Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión.
Artículo 59. Revisiones periódicas.
Artículo 59. Revisiones periódicas.
De acuerdo con lo que se establezca reglamentariamente, el órgano competente podrá proceder a cuantas revisiones periódicas estime oportunas para comprobar si se mantienen las causas que motivaron la concesión. A tal efecto, podrá requerirse a las personas beneficiarias de las ayudas para que comparezcan ante la Administración y colaboren con ella.


