Legislación › Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión.
Artículo 97. Infracciones.
Artículo 97. Infracciones.
1. Constituyen infracciones las acciones y omisiones tipificadas en esta ley, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden que de ellas pudieran derivar.
2. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves.
3. En relación con el ingreso mínimo vital, constituyen infracciones las acciones y omisiones tipificadas en su normativa reguladora.


