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Legislación › Real Decreto 531/2023, de 20 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas.

Artículo 20. Funcionamiento.

Artículo 20. Funcionamiento.

El Comité Ejecutivo adaptará su funcionamiento interno al régimen establecido para la Comisión Permanente con las especificaciones siguientes: sus reuniones deberán celebrarse siempre que sea necesario o cuando lo convoque la persona titular de la Presidencia requiriendo para su válida constitución la presencia de al menos tres de sus cinco personas integrantes.

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