Legislación › Ley 14/2022, de 23 de diciembre, de Juventud de La Rioja.
Artículo 31. Reserva de denominación.
Artículo 31. Reserva de denominación.
1. Las denominaciones de equipamientos y servicios recogidos en esta ley quedan reservadas a las Administraciones públicas en el ámbito de sus respectivas competencias, las cuales deberán emplearlas en el sentido y con el significado que les otorga la presente ley.
2. No podrán utilizarse denominaciones que puedan inducir a confusión con las propias de la política de promoción juvenil recogidas en esta ley.


