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Legislación › Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía.

Artículo 62. La evaluación del desempeño para el personal laboral.

Artículo 62. La evaluación del desempeño para el personal laboral.

La evaluación del desempeño del personal laboral se articulará a través de los procedimientos previstos en los convenios colectivos que resulten de aplicación y demás normativa laboral correspondiente, en los que se tendrán en cuenta los criterios de valoración establecidos en el artículo 60, apartado 3.

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