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Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía.
En vigor Comunidad Autónoma de Andalucía · Publicada el 11 de julio de 2023 · Último cambio el 7 de abril de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo] 3 redacciones · cambió el 24/05/2024
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Personal con legislación específica.
- Artículo 4. Principios de actuación.
- Artículo 5. Transparencia y derecho de acceso a la información.
- Artículo 6. Integridad y conflicto de intereses.
- CAPÍTULO II
- Artículo 7. Órganos superiores.
- Artículo 8. Competencias del Consejo de Gobierno.
- Artículo 9. Competencias de la Consejería competente en materia de Función Pública. 2 redacciones · cambió el 16/02/2024
- Artículo 10. Competencias de las Consejerías.
- Artículo 11. Competencias específicas de las Consejerías competentes en materia de Educación, Salud y Justicia.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 12. Concepto y clases.
- Sección 2
- Artículo 13. Personal funcionario de carrera.
- Artículo 14. Personal funcionario interino. 3 redacciones · cambió el 24/05/2024
- Artículo 15. Funciones del personal funcionario y laboral en la Administración de la Junta de Andalucía. 2 redacciones · cambió el 18/12/2025
- Sección 3
- Artículo 16. Concepto y clases.
- Sección 4
- Artículo 17. Concepto y adscripción. 2 redacciones · cambió el 13/12/2023
- Artículo 18. Nombramiento y cese. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
- TÍTULO II
- Artículo 19. Concepto y clases de personal directivo público profesional.
- Artículo 20. Funciones del personal directivo público profesional.
- Artículo 21. Régimen jurídico y retributivo del personal directivo público profesional.
- Artículo 22. Selección del personal directivo público profesional.
- Artículo 23. Comisión independiente de selección de personal directivo público profesional.
- Artículo 24. Nombramiento y cese del personal directivo público profesional.
- Artículo 25. Acreditación de competencias directivas para el personal directivo público profesional funcionario o laboral.
- Artículo 26. Evaluación de cumplimiento del personal directivo público profesional.
- Artículo 27. Responsabilidad disciplinaria y compromiso ético del personal directivo público profesional.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 28. Derechos individuales.
- Artículo 29. Derechos individuales ejercidos colectivamente.
- Artículo 30. Garantía de derechos y conciliación de la vida profesional con la personal y familiar.
- Artículo 31. Protección a las víctimas de violencia de género.
- Artículo 32. Responsabilidad social corporativa y cooperación internacional para el desarrollo.
- CAPÍTULO II
- Artículo 33. Deberes.
- Artículo 34. Responsabilidad.
- CAPÍTULO III
- Artículo 35. Disposiciones comunes.
- Artículo 36. Jornada de trabajo y horario del personal funcionario.
- Artículo 37. Teletrabajo y modalidades de prestación del servicio.
- Artículo 38. Permisos del personal funcionario.
- Artículo 39. Vacaciones del personal funcionario.
- Artículo 40. Jornada de trabajo, permisos y vacaciones del personal laboral.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 41. Régimen jurídico.
- Artículo 42. Principios del sistema de incompatibilidades.
- Artículo 43. Dedicación exclusiva a las funciones públicas.
- Artículo 44. Renuncia a la dedicación exclusiva a las funciones públicas.
- TÍTULO IV
- Artículo 45. Conceptos de formación, aprendizaje y acreditación de competencias.
- Artículo 46. Objetivos de la formación y el aprendizaje permanente.
- Artículo 47. La formación como derecho.
- Artículo 48. La formación como deber.
- Artículo 49. Modalidades de aprendizaje y formación.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 50. Promoción profesional del personal funcionario de carrera.
- Artículo 51. Promoción profesional del personal laboral.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 52. Concepto.
- Artículo 53. Sistema de tramos de la carrera horizontal.
- Artículo 54. Reconocimiento.
- Artículo 55. Efectos.
- Sección 2
- Artículo 56. Concepto.
- Sección 3
- Artículo 57. Criterios generales.
- Artículo 58. Modalidades de promoción interna. 2 redacciones · cambió el 24/05/2024
- CAPÍTULO III
- Artículo 59. Concepto.
- Artículo 60. Sistemas y criterios de valoración.
- Artículo 61. Efectos de la evaluación del desempeño para el personal funcionario.
- Artículo 62. La evaluación del desempeño para el personal laboral.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 63. Principios del sistema retributivo.
- Artículo 64. Retribuciones del personal funcionario.
- Artículo 65. Retribuciones básicas personales del personal funcionario de carrera.
- Artículo 66. Retribuciones complementarias del personal funcionario de carrera.
- Artículo 67. Pagas extraordinarias.
- Artículo 68. Retribuciones diferidas.
- Artículo 69. Indemnizaciones por razón del servicio.
- Artículo 70. Otras retribuciones.
- Artículo 71. Retribuciones del personal funcionario interino.
- Artículo 72. Retribuciones del personal funcionario en prácticas.
- Artículo 73. Retribuciones del personal eventual. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 74. Retribuciones del personal directivo público profesional.
- Artículo 75. Retribuciones del personal funcionario pendiente de adscripción.
- Artículo 76. Retribuciones en situación de permiso por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, lactancia natural, permiso por cuidado de hijos e hijas afectados por cáncer u otra enfermedad grave e incapacidad temporal.
- Artículo 77. Deducción de retribuciones.
- Artículo 78. Devengo de retribuciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 79. Régimen de la Seguridad Social y derechos pasivos del personal funcionario al servicio de la Administración General de la Junta de Andalucía. 2 redacciones · cambió el 24/05/2024
- Artículo 80. Prestaciones por incapacidad temporal.
- TÍTULO VII
- CAPÍTULO I
- Artículo 81. Principios generales.
- CAPÍTULO II
- Artículo 82. Negociación colectiva.
- Artículo 83. Tipología de las Mesas de Negociación.
- Artículo 84. Proceso negociador.
- Artículo 85. Materias objeto de negociación en relación con el personal funcionario.
- CAPÍTULO III
- Artículo 86. Órganos de representación.
- Artículo 87. Garantías, derechos y deberes de la función representativa del personal.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 88. Solución extrajudicial de conflictos de carácter general del personal funcionario, estatutario y laboral.
- TÍTULO VIII
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 89. Objetivos de la planificación.
- Sección 2
- Artículo 90. Objeto y contenido.
- Sección 3
- Artículo 91. Objeto y contenido.
- Sección 4
- Artículo 92. Registro de personal.
- Artículo 93. Registro de personal de la Administración General de la Junta de Andalucía.
- Artículo 94. Derecho de acceso al Registro y certificación de datos.
- Artículo 95. Organización y funcionamiento del Registro General de Personal.
- Artículo 96. Coordinación entre Registros de Personal.
- Artículo 97. Cooperación con Registros de entidades locales.
- Artículo 98. Información sobre otro personal.
- Artículo 99. La gestión integrada de recursos humanos.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 100. Cuerpos, escalas y especialidades de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Artículo 101. Grupos de clasificación profesional del personal funcionario de carrera.
- Artículo 102. Cuerpos generales y especiales. 3 redacciones · cambió el 18/12/2025
- Artículo 103. Clasificación del personal laboral.
- Sección 2
- Artículo 104. Relaciones de puestos de trabajo. 3 redacciones · cambió el 16/02/2024
- TÍTULO IX
- CAPÍTULO I
- Artículo 105. Principios rectores.
- Artículo 106. Requisitos de acceso.
- Artículo 107. Acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
- Artículo 108. Acceso al empleo público del personal funcionario de organismos internacionales.
- Artículo 109. Acceso al empleo público de personas con discapacidad.
- Artículo 110. Órganos de selección.
- Artículo 111. Sistemas selectivos.
- Artículo 112. Contenido y características de los procesos selectivos.
- Artículo 113. Convocatoria.
- Artículo 114. Relación de personas aprobadas.
- Artículo 115. Selección de personal funcionario interino y personal laboral temporal. 2 redacciones · cambió el 16/02/2024
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 116. Adquisición de la condición de personal funcionario de carrera.
- Artículo 117. Causas de pérdida de la condición de personal funcionario de carrera.
- Artículo 118. Renuncia a la condición de personal funcionario.
- Artículo 119. Pérdida de la nacionalidad.
- Artículo 120. Prolongación de la permanencia en la situación de servicio activo.
- Artículo 121. Rehabilitación de la condición de personal funcionario de carrera.
- Sección 2
- Artículo 122. Adquisición y pérdida de la condición de personal laboral fijo.
- TÍTULO X
- CAPÍTULO I
- Artículo 123. Principios generales.
- Artículo 124. Procedimientos ordinarios de provisión.
- Artículo 125. Otros procedimientos de provisión de carácter extraordinario.
- Artículo 126. Concurso general.
- Artículo 127. Concurso específico.
- Artículo 128. Libre designación.
- Artículo 129. Movilidad voluntaria provisional.
- Artículo 130. Movilidad temporal y estructural.
- Artículo 131. Movilidad forzosa provisional por cargas de trabajo.
- Artículo 132. Movilidad forzosa definitiva.
- Artículo 133. Reasignación de efectivos.
- Artículo 134. Adscripción provisional.
- Artículo 135. Permuta.
- CAPÍTULO II
- Artículo 136. Atribución temporal de funciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 137. Movilidad interadministrativa.
- Artículo 138. Comisión de servicios interadministrativa.
- Artículo 139. Comisión de servicios en programas de cooperación internacional.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 140. Regulación y procedimiento.
- CAPÍTULO V
- Artículo 141. Disposiciones generales.
- Artículo 142. Movilidad por razones de salud.
- Artículo 143. Movilidad por razones de violencia de género.
- TÍTULO XI
- CAPÍTULO I
- Artículo 144. Situaciones administrativas del personal funcionario de carrera.
- Artículo 145. Servicio activo.
- Artículo 146. Servicios especiales.
- Artículo 147. Servicio en otras Administraciones públicas.
- Artículo 148. Excedencia voluntaria.
- Artículo 149. Excedencia voluntaria por interés particular.
- Artículo 150. Excedencia voluntaria por agrupación familiar.
- Artículo 151. Excedencia por cuidado de familiares. 2 redacciones · cambió el 24/05/2024
- Artículo 152. Excedencia por razón de violencia de género. 2 redacciones · cambió el 24/05/2024
- Artículo 153. Excedencia por razón de violencia terrorista.
- Artículo 154. Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público andaluz.
- Artículo 155. Excedencia por incompatibilidad.
- Artículo 156. Excedencia con reserva de puesto.
- Artículo 157. Excedencia voluntaria incentivada.
- Artículo 158. Excedencia forzosa.
- Artículo 159. Expectativa de destino.
- Artículo 160. Suspensión de funciones.
- Artículo 161. Suspensión de funciones por razón de procedimiento o condena penal.
- Artículo 162. Reingreso al servicio activo.
- CAPÍTULO II
- Artículo 163. Situaciones administrativas del personal funcionario interino.
- CAPÍTULO III
- Artículo 164. Situaciones administrativas del personal laboral.
- TÍTULO XII
- Artículo 165. Responsabilidad disciplinaria.
- Artículo 166. Principios de la potestad disciplinaria.
- Artículo 167. Concepto y clasificación de las faltas disciplinarias.
- Artículo 168. Faltas muy graves.
- Artículo 169. Faltas graves.
- Artículo 170. Faltas leves.
- Artículo 171. Sanciones.
- Artículo 172. Principio de proporcionalidad, criterios de graduación de las sanciones y exención de la responsabilidad disciplinaria.
- Artículo 173. Prescripción de las faltas y sanciones.
- Artículo 174. Procedimiento disciplinario.
- Artículo 175. Derechos del personal en el procedimiento disciplinario.
- Artículo 176. Inscripción y cancelación de las sanciones.
- Artículo 177. Extinción de la responsabilidad disciplinaria.
- TÍTULO XIII
- Artículo 178. Relaciones de cooperación entre las Administraciones públicas.
- Artículo 179. Comisión de Coordinación del Empleo Público de Andalucía.
- Artículo 180. Comisión de Coordinación y Supervisión de la Evaluación del Desempeño.
- Artículo 181. Formación en igualdad.
- Artículo 182. Planes de igualdad.
- Disposición adicional primera. Personal laboral por tiempo indefinido.
- Disposición adicional segunda. Tramitación electrónica.
- Disposición adicional tercera. Órgano administrativo de resolución de conflictos en materia de personal.
- Disposición adicional cuarta. Especialidad en la promoción al Subgrupo C1.
- Disposición adicional quinta. Cuerpos y especialidades de la Administración General de la Junta de Andalucía. 5 redacciones · cambió el 07/04/2026
- Disposición adicional sexta. Cambio de denominación de cuerpos.
- Disposición adicional séptima. Integración de cuerpos, especialidades y opciones del personal funcionario de la Administración de la Junta de Andalucía en los cuerpos y especialidades configurados en la disposición adicional quinta. 2 redacciones · cambió el 16/02/2024
- Disposición adicional octava. Normativa aplicable a los cuerpos de personal funcionario existentes a la entrada en vigor de esta ley.
- Disposición adicional novena. Declaración a extinguir de cuerpos de personal funcionario. 2 redacciones · cambió el 16/02/2024
- Disposición adicional décima. Modificación de la relación de puestos de trabajo.
- Disposición adicional undécima. Cuerpo Superior de Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía.
- Disposición adicional duodécima. Cuerpo Superior de Administración, especialidad Régimen Jurídico.
- Disposición adicional decimotercera. Cuerpo Superior Facultativo, especialidad Arqueología.
- Disposición adicional decimocuarta. Cuerpo Técnico de Gestión, especialidad Tecnologías de la Información y Comunicación.
- Disposición adicional decimoquinta. Cuerpo Técnico de Gestión, especialidad Delineantes.
- Disposición adicional decimosexta. Cuerpo Superior de Inspección de Medio Ambiente y Cuerpo de Subinspección de Medio Ambiente. 2 redacciones · cambió el 18/12/2025
- Disposición adicional decimoséptima. Cuerpo Superior Facultativo, especialidad Gestión en Prevención de Riesgos Laborales, y Cuerpo Técnico Facultativo, especialidad Gestión en Prevención de Riesgos Laborales.
- Disposición adicional decimoctava. Cuerpo de Técnico de Gestión, especialidad Prevención de Riesgos Laborales.
- Disposición adicional decimonovena. Cuerpo de Letrados y Letradas de la Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía.
- Disposición adicional vigésima. Cuerpo de Inspección de Servicios Sanitarios y Cuerpo de Subinspección de Servicios Sanitarios.
- Disposición adicional vigésima primera. Personal de las extintas entidades públicas empresariales sanitarias de la Junta de Andalucía.
- Disposición adicional vigésima segunda. Catálogos de las entidades instrumentales.
- Disposición adicional vigésima tercera. Clasificación profesional del personal docente no universitario y del personal estatutario del Servicio Andaluz de Salud.
- Disposición adicional vigésima cuarta. Derechos en materia de función pública de las víctimas del terrorismo.
- Disposición adicional vigésima quinta. Inicio de la carrera profesional del personal laboral.
- Disposición adicional vigesimosexta. Carrera profesional del personal funcionario que haya sido nombrado personal alto cargo. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Disposición adicional vigésima séptima. Estructura salarial en las entidades instrumentales del sector público andaluz.
- Disposición adicional vigésima octava. Medidas dirigidas al control de la temporalidad en el empleo público. 3 redacciones · cambió el 12/03/2026
- Disposición adicional vigésima novena. Unidades administrativas temporales de apoyo a la gestión coordinada o masiva de la Administración de la Junta de Andalucía. 3 redacciones · cambió el 12/03/2026
- Disposición adicional trigésima. Unidades Administrativas de Servicios Comunes de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Disposición adicional trigésima primera. Unidades de inclusión del personal con discapacidad.
- Disposición adicional trigésima segunda. Efectos del silencio administrativo en los procedimientos previstos en esta ley.
- Disposición adicional trigésima tercera. Requisito de nacionalidad para el acceso al empleo público.
- Disposición adicional trigésima cuarta. Cuerpo Superior Facultativo, especialidad Investigación Biomédica y en Ciencias de la Salud, y Cuerpo Técnico Facultativo, especialidad Investigación Técnica Biomédica y en Ciencias de la Salud.
- Disposición adicional trigésima quinta. Cuerpo Superior de Oficiales Inspectores de Bomberos Forestales y Emergencias en el Medio Natural, Cuerpo de Oficiales Subinspectores de Bomberos Forestales y Emergencias en el Medio Natural y Cuerpo Técnico de Suboficiales de Bomberos Forestales y Emergencias en el Medio Natural.
- Disposición adicional trigésima sexta. Dirección pública profesional.
- Disposición adicional trigésima séptima. Procesos de estabilización de empleo temporal.
- Disposición adicional trigésima octava. Negociación colectiva del desarrollo reglamentario.
- Disposición adicional trigésima novena. Elaboración del mapa de competencias profesionales.
- Disposición adicional cuadragésima. Unidades de igualdad para la promoción de la igualdad en el empleo público.
- Disposición adicional cuadragésima primera. Personal de las Administraciones Públicas de Andalucía incluido en su ámbito de aplicación.
- Disposición transitoria primera. Actual sistema de reconocimiento y consolidación de grado personal.
- Disposición transitoria segunda. Incorporación a la carrera horizontal.
- Disposición transitoria tercera. Movilidad interadministrativa.
- Disposición transitoria cuarta. Dirección pública profesional.
- Disposición transitoria quinta. Garantía retributiva.
- Disposición transitoria sexta. Personal funcionario del Cuerpo Superior de Administradores, especialidad Administradores Generales o Administradores de Gestión Financiera.
- Disposición transitoria séptima. Órganos de selección.
- Disposición transitoria octava. Régimen transitorio de aplicación al título X.
- Disposición transitoria novena. Estabilización de empleo temporal.
- Disposición transitoria décima. Régimen transitorio de los procedimientos de selección y provisión en trámite.
- Disposición transitoria undécima. Evaluación del desempeño.
- Disposición transitoria duodécima. Libre designación.
- Disposición transitoria decimotercera. Promoción interna.
- Disposición transitoria decimocuarta. Titulaciones.
- Disposición transitoria decimoquinta. Personal eventual.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo normativo de la ley.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor. 2 redacciones · cambió el 13/12/2023
- Firma


