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Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, por el que se regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios.
En vigor Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática · Publicada el 20 de julio de 2023 · Último cambio el 3 de septiembre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones. 3 redacciones · cambió el 03/09/2025
- Artículo 3. Garantías de independencia.
- Artículo 4. Actividades prohibidas. 2 redacciones · cambió el 03/09/2025
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Medicamentos veterinarios legalmente reconocidos.
- Artículo 6. Restricciones al uso de antimicrobianos.
- Artículo 7. Autovacunas de uso veterinario.
- Artículo 8. Fórmulas magistrales y preparados oficinales destinados a animales.
- Artículo 9. Estupefacientes y psicótropos.
- Artículo 10. Suministro de medicamentos veterinarios para incorporación en piensos por parte de establecimientos autorizados.
- Artículo 11. Transporte de medicamentos.
- CAPÍTULO III
- Artículo 12. Principios generales.
- Artículo 13. Director técnico y personal adicional.
- Artículo 14. Obligaciones de los distribuidores mayoristas.
- Artículo 15. Exigencias de funcionamiento de los almacenes por contrato.
- Artículo 16. Autorización de entidades de distribución.
- Artículo 17. Inclusión de un almacén por contrato en la autorización de un distribuidor mayorista.
- Artículo 18. Información relativa a las entidades de distribución de medicamentos.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 19. Principios generales.
- Artículo 20. Autorización y registro de establecimientos minoristas y otros canales de venta.
- Artículo 21. Catálogo de establecimientos minoristas autorizados y otros canales de venta.
- Artículo 22. Requisitos de instalaciones.
- Artículo 23. Exigencias de funcionamiento.
- Artículo 24. Farmacéutico responsable.
- Artículo 25. Entidades o agrupaciones ganaderas.
- Artículo 26. Otros canales de venta de determinados medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción.
- Artículo 27. Botiquines de urgencia.
- CAPÍTULO V
- Artículo 28. Condiciones de venta a distancia de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción veterinaria.
- Artículo 29. Requisitos del sitio web o aplicación móvil.
- Artículo 30. Información de centros registrados para la venta a distancia.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 31. Condiciones de suministro a distancia de medicamentos veterinarios a profesionales veterinarios.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 32. Receta veterinaria. 2 redacciones · cambió el 03/09/2025
- Artículo 33. Prescripción y uso de medicamentos antimicrobianos.
- Artículo 34. Uso de medicamentos al margen de la autorización de comercialización o registro.
- Artículo 35. Contenido de la receta veterinaria.
- Artículo 36. Sistemas de emisión de la receta veterinaria. .
- Artículo 37. Prescripción y uso de medicamentos en el ejercicio profesional del veterinario. 2 redacciones · cambió el 29/07/2025
- Artículo 38. Gases medicinales.
- Artículo 39. Notificación electrónica de prescripciones de antimicrobianos por veterinarios.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 40. Uso prudente de medicamentos. 2 redacciones · cambió el 03/09/2025
- Artículo 41. Registro de tratamientos con medicamentos y visitas veterinarias.
- CAPÍTULO IX
- Artículo 42. Gestión de los residuos de medicamentos veterinarios.
- CAPÍTULO X
- Artículo 43. Inspecciones y medidas cautelares.
- Artículo 44. Régimen sancionador.
- Disposición adicional primera. No incremento de gasto.
- Disposición adicional segunda. Competencias del Ministerio de Defensa.
- Disposición transitoria primera. Distribuidores mayoristas, almacenes por contrato y autoridades competentes.
- Disposición transitoria segunda. Establecimientos minoristas, otros canales de venta y autoridades competentes.
- Disposición transitoria tercera. Plataformas de emisión de recetas.
- Disposición transitoria cuarta. Comunicación de datos a PRESVET.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 992/2022, de 29 de noviembre, por el que se establece el marco de actuación para un uso sostenible de antibióticos en especies de interés ganadero.
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 364/2023, de 16 de mayo, por el que se establecen las bases de desarrollo de la normativa de la Unión Europea de sanidad animal, en lo relativo a las obligaciones de vigilancia del titular de la explotación y al plan sanitario integral de las explotaciones ganaderas, y por el que se modifican varias normas de ordenación ganaderas.
- Disposición final tercera. Título competencial.
- Disposición final cuarta. Facultad de modificación.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor y aplicación.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V
- ANEXO VI


