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Real Decreto 669/2023, de 18 de julio, por el que se regula el Distintivo de Igualdad de Género en I+D+I.
En vigor Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática · Publicada el 20 de julio de 2023 · Último cambio el 20 de julio de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Denominación, representación, titularidad y difusión del Distintivo.
- Artículo 3. Uso del Distintivo.
- Artículo 4. Entidades solicitantes del Distintivo de Igualdad de Género en I+D+I.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Convocatoria.
- Artículo 6. Requisitos.
- Artículo 7. Documentación.
- Artículo 8. Órganos competentes.
- Artículo 9. Comisión Evaluadora del Distintivo de Igualdad de Género en I+D+I.
- Artículo 10. Criterios de valoración.
- Artículo 11. Resolución.
- Artículo 12. Entrega del distintivo.
- CAPÍTULO III
- Artículo 13. Facultades.
- Artículo 14. Obligaciones.
- Artículo 15. Seguimiento y evaluación.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 16. Vigencia.
- Artículo 17. Renovación.
- Artículo 18. Suspensión.
- Artículo 19. Renuncia voluntaria.
- Artículo 20. Revocación.
- Artículo 21. Registro de entidades con Distintivo de Igualdad de Género en I+D+I.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 310/2019, de 26 de abril, por el que se regula el régimen retributivo del personal investigador funcionario de las escalas científicas de los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado y se crea la Comisión Evaluadora del Desempeño de la Actividad Científico-Tecnológica.
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Facultades de desarrollo.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- [firma]


