Legislación › Resolución de 12 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se desarrolla el procedimiento de compra de gas de operación y gas destinado a nivel mínimo de llenado.
Quinto. Gas adquirido directamente por los titulares de instalaciones.
Quinto. Gas adquirido directamente por los titulares de instalaciones.
Los titulares de instalaciones que adquieran directamente en el mercado el gas colchón, el gas destinado a nivel mínimo de sus instalaciones y el gas de operación no sufragado por el sistema podrán utilizar cualquiera de los productos negociados en el mercado, en cualquiera de las sesiones de negociación.


