Legislación › Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
Disposición transitoria segunda. Vigencia de la ordenación de los títulos de formación profesional.
Disposición transitoria segunda. Vigencia de la ordenación de los títulos de formación profesional.
Hasta tanto no se proceda reglamentariamente a su modificación, permanecerá vigente la ordenación de los títulos de formación profesional básica, de grado medio o de grado superior recogida en cada uno de los reales decretos por los que se establecen.
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