Legislación › Orden APA/852/2023, de 13 de julio, por la que se establece un plan de gestión para la pesca con artes de cerco en el subcaladero Mediterráneo.
Artículo 10. Hábitats protegidos.
Artículo 10. Hábitats protegidos.
1. Queda prohibida la pesca con redes de cerco sobre los lechos de Posidonia oceánica u otras fanerógamas marinas, en los fondos coralígenos y de maërl.
2. En zonas como parajes de la Red Natura 2000, zonas especiales protegidas o zonas especiales protegidas de importancia para el Mediterráneo (ZEPIM), u otras áreas sujetas a cualquier otra forma de protección como las reservas marinas, se aplicará la legislación específica vigente en cada momento.


