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Legislación › Real Decreto 792/2023, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 11/2021, de 28 de diciembre, de lucha contra el dopaje en el deporte.

Artículo 26. Formularios de control.

Artículo 26. Formularios de control.

1. Los datos referentes al proceso de control de dopaje se recogerán en los correspondientes formularios aprobados por resolución de la persona titular de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes de acuerdo con el estándar internacional en vigor.

2. Se utilizarán preferentemente medios electrónicos para la cumplimentación de los distintos formularios.

3. Los formularios de control serán cumplimentados por los y las agentes de control del dopaje debidamente habilitados, en los que harán constar los datos y circunstancias en ellos exigidos, así como cualquier información o hecho relevante conocido o acaecido durante el proceso de toma de muestras.

4. Los datos contenidos en los formularios de control de dopaje harán prueba de los hechos en ellos constatados.

Se modifica por el art. único.17 del Real Decreto 1303/2024, de 23 de diciembre. BOE-A-2024-26924

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
2 de enero de 2025 En vigor BOE-A-2024-26924 Leer Qué cambió
14 de noviembre de 2023 Texto original Leer

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