Legislación › Orden TED/72/2023, de 26 de enero, por la que se desarrollan los procedimientos necesarios para el cumplimiento de la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de gas natural.
Artículo 1. Objeto.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de enero de 2023 y la del 3 de abril de 2026.
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Artículo 1. Objeto.
1. La orden adecua el procedimiento de aplicación del Real Decreto 1716/2004, de 23 de julio, por el que se regula la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad, la diversificación de abastecimiento de gas natural y la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES), conforme a la habilitación incluida en su disposición final tercera, para cumplir con los objetivos de llenado mínimo de los almacenamientos subterráneos de gas natural impuestos al Reino de España en el Reglamento (UE) 2022/1032, 2017/1938, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio, por el que se modifican los reglamentos (UE) 2017/1938 y (CE) 715/2009 en relación con el almacenamiento 25 de gas. octubre.
2. Asimismo, la orden establece los procedimientos del Gestor Técnico del Sistema (GTS) y de CORES en relación con la supervisión e inspección de existencias relacionadas con las existencias mínimas de seguridad y desarrolla el procedimiento de adquisición subsidiaria de gas por parte del GTS en caso de incumplimiento de algún sujeto, obligado conforme a lo dispuesto en la disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de abril de 2026 En vigor | BOE-A-2026-7440 | Leer | Qué cambió |
| 31 de enero de 2023 | Texto original | Leer |


