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Legislación › Orden TED/72/2023, de 26 de enero, por la que se desarrollan los procedimientos necesarios para el cumplimiento de la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de gas natural.

Disposición adicional única. Arrendamientos de existencias mínimas de seguridad de gas natural.

Disposición adicional única. Arrendamientos de existencias mínimas de seguridad de gas natural.

A efectos de lo establecido en la presente orden ministerial y del cumplimiento de la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de gas natural, los arrendamientos que los sujetos obligados formalicen deberán comunicarse, a CORES y al GTS, el día de su firma y, en todo caso, antes de la entrada en vigor del contrato.

Se modifica por el art. único.6 de la Orden TED/306/2026, de 31 de marzo. BOE-A-2026-7440

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de abril de 2026 En vigor BOE-A-2026-7440 Leer Qué cambió
31 de enero de 2023 Texto original Leer

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