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Legislación › Decreto Legislativo 2/2023, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Escuela Pública Vasca.

Artículo 23.

Artículo 23.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 17 de la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera, la Administración autonómica llevará a cabo las medidas necesarias para asegurar el uso ambiental del euskera en las actividades de los centros de la escuela pública vasca, a fin de posibilitar el desenvolvimiento en dicha lengua en las actividades escolares y extraescolares y en todo el conjunto de la vida escolar.

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