LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 4/2023, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Cuerpos Docentes de la Enseñanza no Universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Artículo 15.

Artículo 15.

Los procedimientos de acceso a la función pública docente no universitaria vasca se regirán por los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad.

← Artículo 14 Índice Artículo 16 →