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Legislación › Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

Artículo 19. Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Artículo 19. Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

1. Corresponde al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de ciencia, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores.

2. Asimismo corresponde al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de universidades y las actividades que a estas les son propias.

3. Este Ministerio dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades.

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