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Legislación › Ley 6/2023, de 2 de noviembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 199. Valoraciones de los bienes y derechos inventariados.

Artículo 199. Valoraciones de los bienes y derechos inventariados.

La valoración de los bienes y derechos inventariados y su actualización seguirá los criterios aplicados de acuerdo con el Plan general de contabilidad pública de Galicia y, en especial, con aquellas normas valorativas que según este tengan carácter obligatorio.

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