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Legislación › Ley 6/2023, de 2 de noviembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 69. Adquisición por reducción de fondos propios.

Artículo 69. Adquisición por reducción de fondos propios.

1. La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y sus entidades públicas instrumentales pueden adquirir bienes y derechos por reducción de capital de sociedades o de fondos propios de entidades públicas instrumentales.

2. La adquisición se autorizará por acuerdo del Consejo de la Xunta, a propuesta de la consejería competente en materia de patrimonio, cuando la contrapartida a la adquisición consistiera en la reducción de fondos propios de la entidad.

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