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Legislación › Ley 11/2023, de 9 de noviembre, de movilidad sostenible de Euskadi.

Artículo 10. Fomento del transporte de mercancías por ferrocarril.

Artículo 10. Fomento del transporte de mercancías por ferrocarril.

Las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco fomentarán el transporte de mercancías por ferrocarril mediante la priorización del transporte ferroviario, su intermodalidad con otros medios de transporte y las plataformas intermodales, así como la inversión en infraestructuras y mejores tecnologías de comunicación.

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