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Ley 11/2023, de 9 de noviembre, de movilidad sostenible de Euskadi.
En vigor Comunidad Autónoma del País Vasco · Publicada el 8 de diciembre de 2023 · Último cambio el 23 de noviembre de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Principios de actuación.
- Artículo 4. Objetivos.
- Artículo 5. Definiciones.
- Artículo 6. Régimen competencial.
- Artículo 7. Derechos y obligaciones de las personas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 8. Fomento de la movilidad activa.
- Artículo 9. Fomento del transporte público.
- Artículo 10. Fomento del transporte de mercancías por ferrocarril.
- Artículo 11. Fomento de la educación y concienciación en materia de movilidad sostenible.
- Artículo 12. Fomento de la accesibilidad a medios de transporte e infraestructuras.
- CAPÍTULO III
- Artículo 13. Instrumentos de planificación de la movilidad sostenible.
- Artículo 14. Plan de Movilidad Sostenible de Euskadi.
- Artículo 15. Planes de movilidad sostenible de los territorios históricos.
- Artículo 16. Planes de movilidad urbana.
- Artículo 17. Planes de movilidad de centros de trabajo.
- Artículo 18. Planeamiento urbanístico y movilidad sostenible.
- Artículo 19. Indicadores de evaluación y seguimiento.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 20. Información pública.
- Artículo 21. Difusión de la información pública.
- Artículo 22. Solicitud de información.
- Artículo 23. Participación pública.
- Artículo 24. Acción pública.
- Artículo 25. Administración electrónica.
- CAPÍTULO V
- Artículo 26. Fomento del sistema tarifario único.
- Artículo 27. Interoperabilidad de los títulos de transporte público.
- Artículo 28. Financiación de las políticas de movilidad y fiscalidad del transporte.
- Artículo 29. Planes de servicios.
- Artículo 30. Infraestructuras de transporte.
- Disposición adicional primera. Planes de transporte.
- Disposición adicional segunda. Interoperabilidad de los títulos de transporte público.
- Disposición adicional tercera. Medios personales y materiales.
- Disposición transitoria.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 5/2003, de 15 de diciembre, de la Autoridad del Transporte de Euskadi.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]


