Legislación › Ley 11/2023, de 9 de noviembre, de movilidad sostenible de Euskadi.
Artículo 20. Información pública.
Artículo 20. Información pública.
A los efectos de la presente ley se considera información pública en materia de movilidad sostenible toda la que en forma escrita, visual, sonora, electrónica o en cualquier otro soporte material obre en poder de las administraciones públicas y de los demás entes pertenecientes al sector público o en el de otros sujetos en su nombre.


