LexTotal

Legislación › Real Decreto 1138/2023, de 19 de diciembre, por el que se regulan el Registro estatal de prestadores del servicio de comunicación audiovisual, de prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma y de prestadores del servicio de agregación de servicios de comunicación audiovisual y el procedimiento de comunicación previa de inicio de actividad.

Artículo 15. Consultas.

Artículo 15. Consultas.

El órgano responsable de la gestión del Registro Estatal resolverá las consultas generales recibidas, sin que en ningún caso dichas consultas puedan suponer precalificación de actos, negocios o documentos inscribibles.

← Artículo 14 Índice Artículo 16 →