Legislación › Real Decreto 1138/2023, de 19 de diciembre, por el que se regulan el Registro estatal de prestadores del servicio de comunicación audiovisual, de prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma y de prestadores del servicio de agregación de servicios de comunicación audiovisual y el procedimiento de comunicación previa de inicio de actividad.
Artículo 4. Naturaleza y dependencia orgánica.
Artículo 4. Naturaleza y dependencia orgánica.
1. El Registro Estatal tiene ámbito estatal, naturaleza administrativa, carácter público y gestión electrónica.
2. El órgano responsable de la gestión del Registro Estatal es la Subdirección General de Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual, dependiente del Ministerio de Transformación Digital a través de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.


