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Legislación › Ley 13/2023, de 30 de noviembre, de Salud Pública de Euskadi.

Artículo 54. Órganos de gobierno, de participación y de asesoramiento.

Artículo 54. Órganos de gobierno, de participación y de asesoramiento.

1. Los órganos de gobierno del Instituto Vasco de Salud Pública son el consejo de administración y la dirección.

2. El Instituto Vasco de Salud Pública, además de los órganos de coordinación, consulta, asesoramiento y participación establecidos por los artículos 47 y 48 de la presente ley, podrá dotarse de otros órganos de participación comunitaria y de asesoramiento técnico y científico. La creación de dichos órganos deberá establecerse en los estatutos del Instituto, que asimismo deben regular sus funciones, su composición y su régimen de funcionamiento.

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