Legislación › Ley 5/2022, de 19 de diciembre, de la renta canaria de ciudadanía.
Artículo 55. Prescripciones.
Artículo 55. Prescripciones.
1. Las infracciones muy graves tipificadas en esta ley prescribirán a los veinticuatro meses, las graves a los doce meses y las leves a los seis meses, contados desde la fecha en que la infracción se hubiese cometido.
2. Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los veinticuatro meses, las graves a los doce meses y las leves a los seis meses, plazos contados de acuerdo con lo previsto en la legislación reguladora del régimen jurídico del sector público para el ejercicio de la potestad sancionadora.


