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Legislación › Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de cambio climático y transición energética de Canarias.

Artículo 14. Instrumentos de planificación.

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Artículo 14. Instrumentos de planificación.
1. La planificación en materia de acción climática se llevará a cabo a través del Plan Integrado de dos estrategias:
a) La Estrategia Canaria
Energía y Clima de Acción Climática.
b) La Estrategia Canaria
Canarias (PIECan) y el Plan Canario de Transición Justa Adaptación Climática (PCAC). Constituyen los instrumentos marco de planificación regional en materia de acción climática de la Comunidad Autónoma de Canarias, los cuales tendrá en consideración los principios de transición justa y Justicia Climática. justicia climática.
2. La Estrategia Canaria Bajo los criterios y directrices de Acción Climática se desarrollará a través los instrumentos de planificación del apartado primero, se desarrollarán los siguientes instrumentos:
a) El Plan Canario Planes Insulares de Acción Climática. Climática (PIAC).
b) Planes de acción insulares y municipales Acción para el clima Clima y la energía.
c) El Plan de Transición Energética de Canarias.
Energía Sostenible (PACES).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de junio de 2024 En vigor BOE-A-2024-23635 Leer Qué cambió
31 de marzo de 2023 Texto original Leer

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