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Legislación › Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de cambio climático y transición energética de Canarias.

Artículo 77. Prescripción.

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Artículo 77. Promoción de investigación, desarrollo e innovación y competitividad. Prescripción.
1. Las administraciones públicas canarias infracciones y su sector público institucional, sanciones previstas en el ámbito de sus competencias, fomentarán la investigación, el desarrollo y la innovación en la acción climática y la transición ecológica, con especial atención a las peculiaridades del archipiélago canario.
2. La investigación y la transferencia de conocimiento
presente título prescribirán en materia de acción climática y transición ecológica se considerarán una prioridad dentro de la estrategia de I+D+i+C y se promoverán medidas que refuercen la colaboración entre los centros científicos y tecnológicos y la iniciativa pública y privada. siguientes plazos:
3. La I+D+i+C deberá tener enfoque sistémico, integrándose a) Cinco años, en los programas sectoriales, mediante una orientación con enfoque casos de misiones, con sentido práctico, respondiendo a retos, con dirección clara, medible y temporal, con enfoque intersectorial y ascendente, basado en las nuevas tecnologías, las soluciones sostenibles infracciones y la innovación disruptiva. sanciones muy graves.
4. Los departamentos autonómicos competentes en materia de innovación y empleo promoverán la I+D+i+C, especialmente b) Cuatro años, en aquellos ámbitos que pueden liderar la adaptación de los sectores productivos y de los servicios para el desarrollo de nichos casos de empleo claramente orientados a la acción climática infracciones y la transición ecológica. sanciones graves.
5. Se promoverán proyectos de investigación c) Tres años, en las convocatorias directamente dependientes del Gobierno de Canarias con el objetivo de mejorar el conocimiento científico y tecnológico con relación al cambio climático y su mitigación y de mejorar la adaptabilidad de la sociedad canaria y sus sectores productivos, así como la creación y consolidación de grupos de investigación, centros de alto nivel y empresas derivadas resultantes de los avances en el conocimiento.
6. La Agencia Canaria
casos de Acción Climática, Energía infracciones y Agua creará un repositorio sanciones leves.
Los plazos
de las propuestas, proyectos prescripción de innovación y cooperación, así como las acciones y proyectos derivados de los programas de gestión infracciones computarán a partir de las administraciones públicas canarias, que puedan evaluarse y coordinarse para la acción climática y la transición ecológica, cuyos resultados deben ser accesibles.
7. La Agencia Canaria de Acción Climática, Energía y Agua promoverá el desarrollo de un sistema integrado por todos los actores de Canarias
comisión de I+D+i+C que impulse y coordine la captación de todo tipo infracción o a partir del cese de recursos para consolidar en Canarias nuevos sectores económicos dirigidos hacia la diversificación conducta infractora en el caso de su economía. infracciones continuadas o permanentes.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de junio de 2024 En vigor BOE-A-2024-23635 Leer Qué cambió
31 de marzo de 2023 Texto original Leer

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