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Legislación › Ley 10/2022, de 23 de diciembre, del tiempo libre educativo para la infancia y la juventud de las Illes Balears.

Artículo 19. Personas y entidades organizadoras.

Artículo 19. Personas y entidades organizadoras.

Pueden ser organizadoras de las actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil las personas jurídicas, públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, así como las personas físicas y las entidades sin personalidad con capacidad de obrar, que cumplan los requisitos establecidos reglamentariamente.

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