Legislación › Ley 10/2022, de 23 de diciembre, del tiempo libre educativo para la infancia y la juventud de las Illes Balears.
Disposición transitoria primera. Régimen transitorio en materia sancionadora.
Disposición transitoria primera. Régimen transitorio en materia sancionadora.
El régimen sancionador contenido en esta ley no es aplicable a aquellas infracciones cometidas antes de su entrada en vigor, salvo que este régimen sea más favorable al infractor o la infractora; ni a los procedimientos ya iniciados y notificados mediante la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud. En estos últimos casos, es de aplicación el régimen sancionador previsto a la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud.
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