Legislación › Ley 9/2022, de 27 de diciembre, de Coordinación de Policías Locales de Cantabria.
Artículo 47. Igualdad de mujeres y hombres.
Artículo 47. Igualdad de mujeres y hombres.
Los ayuntamientos han de incluir las Policías Locales en los planes de igualdad que elaboren, con la finalidad de garantizar la igualdad de trato y de oportunidades en el empleo público, así como la adopción de medidas relativas a la conciliación laboral, personal y familiar, y a la prevención del acoso por razón de sexo, orientación sexual o identidad de género.


